Abastecimiento de agua
Captaciones
| Características | Captación 1 | Captación 2 | Captación 3 | Captación 4 | Captación 5 |
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre de la captación | Río Tormes | Camino de Moriscos | Radio espacio | Parque del Teso de la Cruz | Teso del Ángel |
| Ubicación | Zona Benidorm | Camino de Moriscos s/n | Camino de Moriscos, 15 | Parque del Teso de la Cruz | C/ Rosalía de Castro, 1 |
| Régimen de uso | Ordinario | Extraordinario | Extraordinario | Extraordinario | Extraordinario |
| Tipo de captación | Río | Pozo entubado | Pozo entubado | Pozo entubado | Pozo entubado |
| Tipo de toma | Bomba de extracción en profundidad | Bomba de extracción | Bomba de extracción | Bomba de extracción | Bomba de extracción |
| Caudal medio anual de agua captada | 620 m3/día | 60 m3/día | 40 m3/día | 40 m3/día | 40 m3/día |
| Tipo de recurso hídrico | Río Tormes | Acuífero | Acuífero | Acuífero | Acuífero |
| Total caudal medio anual de agua captada | 800 m3/día |
Depósitos
| Características | Depósito 1 | Depósito 2 |
|---|---|---|
| Denominación | Depósito principal | Depósito Teso del Ángel |
| Ubicación | Camino de Moriscos s/n | C/ Rosalía de Castro |
| Capacidad | 1.200 m3 | 70 m3 |
| Caudal medio de agua distribuida | 760 m3/día | 40 m3 |
| Procedencia agua ordinaria | Río Tormes | Sondeo |
| Procedencia agua extraordinaria | Sondeos | Río Tormes |
| Régimen de uso | Ordinario | Extraordinario |
| Año de construcción | 1.993 | 1.985 |
| Tipo de depósito | semienterrado, cerrado, doble seno, con rebosadero | semienterrado, cerrado, único compartimento, con rebosadero |
| Sistema de tratamiento | agua por sedimentación, coagulación, floculación y cloración | cloración |
Alta
(No confundir con la licencia de acometida o enganche a la red general de abastecimiento o saneamiento, que normalmente será a cargo del promotor de la construcción y cuya tasa es mucho más elevada)
Procedimiento. Fases.
Fase 1. Solicitud y documentación. El procedimiento para solicitar el alta en el servicio de abastecimiento de agua potable en una vivienda o local que no ha tenido usuarios anteriores se inicia mediante la presentación de la instancia normalizada (agua_alta), adjuntando “Certificado de instalación” emitido por instalador autorizado.
Documentación Obligatoria
- Instancia normalizada (mod. ).
- “Certificado de instalación” emitido por instalador autorizado.
- Acreditación de la titularidad del derecho de ocupación del inmueble. (escritura notarial, certificación registral, contrato compra-venta, ...).
Documentación Voluntaria
- Licencia urbanística de obras de la edificación.
- Licencia urbanística de primera ocupación o utilización.
- En usos comerciales o industriales, fotocopia de alta en el I.A.E.
Fase 2.- Instrucción y Verificación administrativa por parte de los servicios administrativos municipales de los siguientes aspectos:
- Comprobación licencia urbanística de obras de la edificación.
- Comprobación licencia urbanística de primera ocupación o utilización.
- Comprobación del cumplimiento del promotor e instalador del cumplimiento de las obligaciones técnicas, administrativas y fiscales exigidas en la normativa aplicable.
Fase 3.- Verificación técnica por parte de los servicios técnicos y de servicios:
- Comprobación e inspección municipal sobre su adecuación técnica a la normativa vigente, y estado de la conexión a la red general. Si fuere necesario acceder al interior de la vivienda o local, el usuario debe facilitar la entrada. Para ello se concretará una fecha y hora.
Fase 4.- A la vista de la solicitud y documentación presentada, así como de lo anteriormente actuado se emitirá propuesta favorable o desfavorable.
Fase 5.- Liquidación tributaria, notificación, verificación del ingreso y contabilización. (50,00 €)
Fase 6.- Resolución, notificación, cierre del expediente y archivo.
Se exigirá la presentación de los documentos acreditativos de los datos solicitados.
Datos Obligatorios
- Dirección completa de la finca a dar de alta.
- Referencia Catastral.
- Uso a que se destina el abastecimiento.
- Nº de viviendas del edificio para el que se solicita
Baja
Debe tenerse en cuenta que con este trámite causará baja en el servicio y para su reanudación deberá abonar una cuota de 100,00 € por lo que debe considerar si economicamente es beneficioso.
Por otro lado, aunque se produzca la baja en el servicio de suministro de agua, no causará baja en el servicio de saneamiento o alcantarillado por tener la consideración de servicio de recepción obligatoria, por lo que le seguirá llegando un recibo por tal concepto.
La baja en el servicio será efectiva en el siguiente trimestre al de la solicitud.
Procedimiento. Fases.
Fase 1. Solicitud y documentación. El procedimiento para solicitar la baja en el servicio de abastecimiento de agua potable en una vivienda o local se inicia mediante la presentación de la instancia normalizada (agua_baja).
Documentación Obligatoria
- Instancia normalizada (mod. ).
Fase 2. Instrucción y Verificación administrativa por parte de los servicios administrativos municipales de los siguientes aspectos:
Comprobación de la titularidad catastral del inmueble y su correspondencia con el solicitante.
Fase 3. Verificación técnica por parte de los servicios técnicos y de servicios:
Comprobación e inspección municipal, precintando la llave de entrada al contador y retirada y acta de entrega del contador al solicitante.
Fase 4. A la vista de la solicitud y documentación presentada, así como de lo anteriormente actuado se emitirá propuesta favorable o desfavorable.
Fase 5.- Resolución, notificación, cierre del expediente y archivo.
Se exigirá la presentación de los documentos acreditativos de los datos solicitados.
Datos Obligatorios
- Dirección completa de la finca a dar de alta.
- Referencia Catastral.
- Uso a que se destina el abastecimiento.
- Nº de viviendas del edificio para el que se solicita.
Cambio de titular
Debe tenerse en cuenta que con este trámite se produce una baja (titular anterior) y un nueva alta en el servicio y deberá abonar una cuota de 100,00 € por lo que debe considerar si economicamente es beneficioso (en los casos de alquiler).
El cambio de titular en el servicio de suministro de agua, producirá un cambio automático de la titularidad en el servicio de saneamiento o alcantarillado, y en el servicio de basura (salvo indicación expresa justificada)
El cambio de titular en el servicio será efectivo en el mismo trimestre de la solicitud.
Procedimiento. Fases.
Fase 1. Solicitud y documentación. El procedimiento para solicitar el cambio de titular en el servicio de abastecimiento de agua potable en una vivienda o local se inicia mediante la presentación de la instancia normalizada (agua_cambiotitular), adjuntando:
Documentación Obligatoria
- Instancia normalizada (mod. ).
- Acreditación de la titularidad del derecho de ocupación del inmueble. (escritura notarial, certificación registral, contrato compra-venta, contrato alquiler...).
- Referencia Catastral.
- Referencia del/os recibo/s.
Documentación Voluntaria
- Orden de adeudo de recibos (domiciliación bancaria). Modelo
- En usos comerciales o industriales, fotocopia de alta en el I.A.E..
Fase 2.- Instrucción y Verificación administrativa por parte de los servicios administrativos municipales de los siguientes aspectos:
- Comprobación del expediente de "alta en el servicio de abastecimiento del inmueble a que se refiere"
- Comprobación del cumplimiento del promotor e instalador del cumplimiento de las obligaciones técnicas, administrativas y fiscales exigidas en la normativa aplicable.
Fase 3.- Verificación técnica por parte de los servicios técnicos y de servicios:
- Comprobación e inspección municipal sobre su adecuación técnica a la normativa vigente, y estado de la conexión a la red general. Si fuere necesario acceder al interior de la vivienda o local, el usuario debe facilitar la entrada. Para ello se concretará una fecha y hora.
Fase 4.- A la vista de la solicitud y documentación presentada, así como de lo anteriormente actuado se emitirá propuesta favorable o desfavorable.
Fase 5.- Liquidación tributaria, notificación, verificación del ingreso y contabilización. (100,00 €)
Fase 6.- Resolución, notificación, cierre del expediente y archivo.
Se exigirá la presentación de los documentos acreditativos de los datos solicitados.
Reanudación
Procedimiento. Fases.
Fase 1. Solicitud y documentación. El procedimiento para solicitar nuevo alta o reanudación en el servicio de abastecimiento de agua potable en una vivienda o local que con anterioridad ha tenido usuarios se inicia mediante la presentación de la instancia normalizada (agua_reanudación), adjuntando:
Documentación Obligatoria
- Instancia normalizada (mod. ).
- Acreditación de la titularidad del derecho de ocupación del inmueble. (escritura notarial, certificación registral, contrato compra-venta, ...).
Documentación Voluntaria
- En usos comerciales o industriales, fotocopia de alta en el I.A.E..
Fase 2. Instrucción y Verificación administrativa por parte de los servicios administrativos municipales de los siguientes aspectos:
- Comprobación del expediente de "alta en el servicio de abastecimiento del inmueble a que se refiere"
- Comprobación del cumplimiento del promotor e instalador del cumplimiento de las obligaciones técnicas, administrativas y fiscales exigidas en la normativa aplicable.
Fase 3. Verificación técnica por parte de los servicios técnicos y de servicios:
- Comprobación e inspección municipal sobre su adecuación técnica a la normativa vigente, y estado de la conexión a la red general. Si fuere necesario acceder al interior de la vivienda o local, el usuario debe facilitar la entrada. Para ello se concretará una fecha y hora.
Fase 4. A la vista de la solicitud y documentación presentada, así como de lo anteriormente actuado se emitirá propuesta favorable o desfavorable.
Fase 5. Liquidación tributaria, notificación, verificación del ingreso y contabilización. (100,00 €)
Fase 6. Resolución, notificación, cierre del expediente y archivo.
Se exigirá la presentación de los documentos acreditativos de los datos solicitados.
Datos Obligatorios
- Dirección completa de la finca a dar de alta.
- Referencia Catastral.
- Uso a que se destina el abastecimiento.
- Nº de viviendas del edificio para el que se solicita.
